La dogmática del hecho imponible

LA DOGMÁTICA DEL HECHO IMPONIBLE: APUNTES SOBRE SUS APLICACIONES PRÁCTICAS EN LA DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Y PARA EL PLANEAMIENTO TRIBUTARIO
Autora: Sara Diana Telias
A la memoria de Lula
Publicado en Revista Impuestos, Ed. La Ley, 2008.

Texto completo del artículo: dogmatica

Algunos esquemas basados en el texto del artículo

ESQUEMA DE ANÁLISIS PARA ESTABLECER EL TRATAMIENTO IMPOSITIVO DE UN CASO

SUPUESTOS DE INEXISTENCIA DE POTESTAD TRIBUTARIA

El hecho de que una determinada situación o negocio tribute efectivamente un determinado tributo, requiere de las siguientes dos comprobaciones:

a) en primer lugar, una condición necesaria, que es que se hayan verificado los aspectos objetivo y subjetivo del hecho imponible, y

b) la NO concurrencia de de otras circunstancias que neutralicen la obligación de pago. Dichas circunstancias son por ejemplo, la inexistencia de potestad tributaria, la presencia de exenciones, la ausencia de perfeccionamiento del hecho imponible, no computabilidad en la base imponible, alícuotas iguales a cero, o supuestos de no tributación que impliquen un diferimiento del impuesto.

Esta perspectiva ha sido desarrollada por Telias, Sara Diana en el artículo «La dogmática del hecho imponible»,  Revista Impuestos, La Ley, 2008.

La autora propone un análisis secuencial de los elementos esenciales de la obligación tributaria verificando como cuestión previa, la existencia de potestad tributaria, en los casos en los que el negocio involucre a más de una jurisdicción. 

En el ámbito internacional, la inexistencia de potestad tributaria de la Nación puede darse por haber renunciado a la misma al suscribir un Convenio para evitar la doble tributación.

En el orden interno,  en la figura siguiente vemos un esquema de casos en los que las provincias tienen limitada su potestad tributaria.

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ANÁLISIS SECUENCIAL DE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA

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